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Resumen
de consulta
hecha a la Sala IV sobre
el procedimiento seguido para aprobar el combo.
Circula
por la red de internet un correo electrónico titulado "Miguel
Angel Rodríguez Echeverría ciertamente
no habla con la VERDAD".
Del mismo hemos tomado el siguiente resumen de argumentos expuestos ante
la Sala Constitucional (Consulta Facultativa, expediente 2455-00).
"LA VERDAD es que el texto que se dictaminó en la Comisión de la
Asamblea Legislativa violentó el procedimiento legislativo al acoger un
texto sustitutivo fantasma, de proyectos que habían sido dictaminados
negativamente y desechados con anterioridad en la misma Comisión.
Este
nuevo texto fue dictaminado y elevado a discusión en el Plenario. ( ver
consulta facultativa constitucional, expediente2455-00, pág 3)
LA
VERDAD
es que se introdujeron modificaciones por parte de algunos diputados en último
momento, al texto en discusión,
por la vía de las mociones 137
de procedimiento legislativo, alterando
el proyecto que era conocido por todos los diputados y sectores sociales.
Estas
modificaciones alteraron el articulado de
todo el texto, dejaron sin correspondencia posibles modificaciones
planteadas por otros diputados, cambiando las reglas del juego en cuanto
enmienda y publicidad, derechos que tienen sustento constitucional. (ver
consulta facultativa constitucional, expediente2455-00, pág
7,8.)
LA
VERDAD es
que haciendo uso del recurso anterior también se adicionaron nuevos capítulos.
El Capítulo III referido a
los “Servicios de Radiodifusión”
agrega 11 nuevos artículos y el capítulo denominado
“Regulación de las prácticas que afectan los derechos de los
operadores para participar en la prestación de los servicios públicos de
Telecomunicaciones”, 16
artículos nuevos.
Estos
27 nuevos artículos nunca fueron publicados, ni conocidos, ni estudiados
en la fase de discusión de la Comisión Especial que rindiera dictamen, y
que posteriormente se incorporaron y aprobaron en Plenario en Primer
Debate. A todas luces violando el debate transparente de cualquier
Parlamento Democrático. (ver consulta facultativa constitucional,
expediente2455-00, pág 7,8,16,17,18)
LA
VERDAD
es que el "COMBO ENERGETICO", proyecto 13.873, no es hijo legítimo
y mucho menos pariente cercano del Primer Poder de la República. Fue
concebido de forma violenta e irregular, irrespetando condiciones justas, legítimas y democráticas."
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