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Resumen de consulta hecha a la Sala IV sobre
el procedimiento seguido para aprobar el combo.

Circula por la red de internet un correo electrónico titulado "Miguel Angel Rodríguez Echeverría ciertamente no habla con la VERDAD". Del mismo hemos tomado el siguiente resumen de argumentos expuestos ante la Sala Constitucional (Consulta Facultativa, expediente 2455-00).

"LA VERDAD es que el texto que se dictaminó en la Comisión de la Asamblea Legislativa violentó el procedimiento legislativo al acoger un texto sustitutivo fantasma, de proyectos que habían sido dictaminados negativamente y desechados con anterioridad en la misma Comisión. 

Este nuevo texto fue dictaminado y elevado a discusión en el Plenario. ( ver consulta facultativa constitucional, expediente2455-00, pág 3)

LA VERDAD es que se introdujeron modificaciones por parte de algunos diputados en último momento,  al texto en discusión, por la vía de las mociones  137 de procedimiento legislativo,  alterando el proyecto que era conocido por todos los diputados y sectores sociales.

Estas modificaciones alteraron el articulado de  todo el texto, dejaron sin correspondencia posibles modificaciones planteadas por otros diputados, cambiando las reglas del juego en cuanto enmienda y publicidad, derechos que tienen sustento constitucional. (ver consulta facultativa constitucional, expediente2455-00, pág  7,8.)

LA VERDAD es que haciendo uso del recurso anterior también se adicionaron nuevos capítulos. El Capítulo III referido  a los “Servicios de Radiodifusión”  agrega 11 nuevos artículos y el capítulo denominado  “Regulación de las prácticas que afectan los derechos de los operadores para participar en la prestación de los servicios públicos de  Telecomunicaciones”,  16 artículos nuevos.

Estos 27 nuevos artículos nunca fueron publicados, ni conocidos, ni estudiados en la fase de discusión de la Comisión Especial que rindiera dictamen, y que posteriormente se incorporaron y aprobaron en Plenario en Primer Debate. A todas luces violando el debate transparente de cualquier Parlamento Democrático. (ver consulta facultativa constitucional, expediente2455-00, pág  7,8,16,17,18)

LA VERDAD es que el "COMBO ENERGETICO", proyecto 13.873, no es hijo legítimo y mucho menos pariente cercano del Primer Poder de la República. Fue concebido de forma violenta e irregular, irrespetando  condiciones justas, legítimas y democráticas."


Se Mueve. Costa Rica, América Central. 2000.